| Una
forma de tortura contra cinco héroes
Por
Iván Becerra
La
Octava Enmienda de la Constitución norteamericana, aprobada
en 1791, establece que se prohiben los castigos crueles e inusuales
contra los acusados en un proceso judicial.
Gerardo Hernández, Ramón Labañino, Antonio
Guerrero, Fernando González y René González,
cinco héroes cubanos de la lucha contra el terrorismo, han
sido objeto en Estados Unidos de crueles formas de tortura.
Ellos
fueron sometidos (diecisiete meses, en una primera ocasión,
y 48 días, posteriormente) al confinamiento en celdas denominadas
el hueco. Allí estuvieron totalmente incomunicados, sin visitas
ni noticias de familiares y amigos.
Sin
efectos personales, sin un receptor de radio, sin poder siquiera
escribir, en una odiosa limitación de espacio. Y todo eso,
sin una explicación que lo justificara, sin una razón
que respaldara semejante crueldad.
Ubiquémonos
en el lugar de Gerardo, Ramón, Antonio, Fernando y René.
Imaginémonos nosotros mismos, o a nuestros hijos, o a nuestros
nietos, o a cualquier persona, en el sufrimiento que implica permanecer
en el hueco.
Preguntémonos si esa no es una manera de aplicar torturas,
sobre todo psicológicas. En 1955, 1957 y 1977, la ONU fijó
reglas mínimas para el tratamiento de reclusos.
En
una de sus partes subrayan que las penas corporales, encierro en
celda oscura, así como toda sanción cruel, inhumana
o degradante están prohibidas. ¿Entenderá el
pueblo norteamericano que René González haya visto
a su hija pequeña sólo dos veces en más de
cuatro años?
Familiares
de los cinco héroes esperan desde hace meses una visa de
entrada a Estados Unidos para visitarlos en la cárcel. ¿No
es esa también una forma de tortura?
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